Se permite la doble ciudadanía entre los residentes de Francia y España
¿Cuándo entrará en vigor?
El 3 de marzo de 2021, el gobierno español emitió directivas sobre la formación de criterios para solicitar la ciudadanía española para ciudadanos franceses. Estas instrucciones ya se han dado a conocer en el Boletín Oficial del Estado, que es la publicación oficial del Gobierno español (BOE).
De acuerdo con las instrucciones, las instrucciones se aplicarán no solo a todos los residentes franceses y españoles que a partir de ahora obtengan la nacionalidad en el otro país, sino también a aquellos a quienes se les haya exigido previamente que renuncien a su nacionalidad anterior para obtener la ciudadanía de Francia o España. En este caso, las personas ahora pueden solicitar recuperar su ciudadanía anterior y comenzar a disfrutar de su doble nacionalidad a partir del día en que presenten su solicitud de restitución.
A medida que continúa el comunicado de prensa, la Instrucción autoriza los requisitos de elegibilidad y los programas de registro que permiten la ejecución del contrato de ciudadanía entre Francia y España. Es relevante en todas las instituciones que podrían verse afectadas, tanto dentro de las fronteras españolas como en las Oficinas Consulares.
¿Cuáles son los beneficios del acuerdo?
Se firmó en la ciudad francesa de Montauban en marzo de 2021, y es efectivo de inmediato. En su momento, la ministra de Asuntos Exteriores de España, Arancha González Laya, hizo hincapié en la «singularidad» del acuerdo, señalando que afectaría a los 275.000 españoles que viven en Francia y hasta los 125.000 ciudadanos franceses que viven en España, respectivamente.
El francés jean-Yves Le Drian, que estuvo presente en la conclusión del acuerdo, lo describió como «un poderoso símbolo» de las relaciones amistosas entre Francia y España.
José Manuel Albares y Jean-Yves Le Drain, ambos ministros de Asuntos Exteriores en sus países representativos, han expresado su aprecio y respeto por el acuerdo de nacionalidad franco-española, que ha entrado en vigor.
A pesar de que este acuerdo está destinado a estar en vigor indefinidamente, cualquiera de las partes puede rescindirlo cuando lo desee informando al otro país por escrito o a través de negociaciones oficiales.